EL DERECHO.

Definimos como Derecho: conjunto de normas jurídicas dirigidas a resolver un conflicto.
Entendiendo las normas jurídicas que tienen un carácter obligatorio, en las que el Estado puede hacerlas cumplir.
Y definimos Normas del trabajador: normas que protegen al trabajador, ante el conflicto con la empresa de trabajo.

En una reforma de una norma del trabajador nos podemos encontrar con dos circunstancias:
-A mayor regulación, es decir, más derechos y más protección --> mano de obra más cara.
-A menor regulación, es decir menos derechos y menos protección --> mano de obra barata.

Para definir que hay una relación laboral como consecuencia del trabajo o servicio, está debe cumplir una serie de características:
-Personal: la relación es con un trabajador concreto (ejem: el contrato de trabajo no se hereda de padres a hijos).
-Voluntario: nadie puede ser obligado a estar trabajando a la fuerza.
-Retribuido: el trabajador es recompensado o pagado por su trabajo o servicio.
-Por cuenta ajena: los frutos del trabajo no son para el trabajador, sino para la empresa.
-Subordinado: el trabajador no se organiza el trabajo,sino que él trabaja bajo directrices y organización del empresario.
No es una relación laboral si no cumple alguno de estos puntos.


  • TIPOS DE RELACIONES LABORALES
-Normal: se rige mediante el E.T (estatuto de los trabajadores).
-Especial: no se rige mediante el E.T, sino por Normas Especiales.



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